Leyes orgánicas
Leyes Orgánicas
La ley orgánica, frente a la ley ordinaria, es aquella prevista en la Constitución Española de 1978 (artículo 81) que requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados en una votación final sobre el conjunto del proyecto aprobado.
Se consideran las leyes orgánicas como desarrollos de la constitución y, por tanto, pueden ser consideradas parte de la constitución y sus mandatos son de igual rango que los recogidos en la constitución.
El artículo 81.1 de la Constitución hace referencia a este tipo de leyes
«Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución».
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