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Test Policía Nacional 2023 | Test gratuitos

Test Policía Nacional | CURSO

Temario Policía Nacional

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OPOSICIONES POLICÍA NACIONAL 2022

Cometidos de la Policía Nacional

Policía

Los cometidos asignados a la categoría de POLICÍA son la realización de las tareas de prevención e investigación que les sean asignadas.

Funciones y especialidades de la Policía Nacional

Las funciones encomendadas a la Policía Nacional se distribuyen en diferentes áreas, y estas a su vez cuentan con diversas especialidades.

Las áreas operativas son: Seguridad Ciudadana, Policía Judicial, Policía Científica, Extranjería y Fronteras e Información. Estas áreas de competencia son dirigidas y gestionadas por las Comisarías Generales a nivel Central, y por las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales en la organización periférica policial.

La Policía Nacional cuenta a su vez con numerosas especialidades, como por ejemplo: Grupo Especial de Operaciones, Servicio de Helicópteros, Unidades de Intervención Policial, Guías Caninos, Caballería, Subsuelo, etc. También a su vez cuenta con puestos de especialidad en los que se requiere para la provisión de dichos puestos, a funcionarios de la Policía Nacional que reúnan una serie de condiciones específicas acordes con el desempeño del puesto, entre ellos, experiencia profesional, titulaciones académicas del área de competencia, etc. Estos puestos de especialidad serían aquellos como Policía Científica, Unidad de Investigación de Delitos Tecnológicos, Informática, Profesores dependientes de la División de Formación, etc.

Las personas que prestan servicio en alguna de las múltiples especialidades policiales, son funcionarios de carrera de la Policía Nacional, que han debido superar previamente unas pruebas selectivas, así como la realización y superación del correspondiente curso de capacitación de la especialidad.

Un Inspector/Policía de nuevo ingreso tras haber superado las correspondientes fases de OPOSICIÓN, FORMACIÓN y PRÁCTICAS y adquirir la condición de funcionario de carrera se le asigna un primer destino en alguna de las plantillas con que la Policía Nacional cuenta en todo el territorio nacional, ocupando un puesto que no requiere especialidad. Si quiere acceder a un puesto de Especialidad o Especializado deberá concurrir a las correspondientes pruebas de selección y realización del curso correspondiente, o acreditar los méritos que se requieran para el caso del puesto especializado; en ambos casos la solicitud recaerá sobre plaza vacante convocada al efecto, en la oportuna Orden General de la Policía Nacional.

Requisitos para el acceso a la Policía Nacional

Para ingresar en la Policía Nacional será necesario reunir los siguientes requisitos:

 Requisitos Generales para el acceso al Cuerpo Nacional de Policía

Según la legislación vigente Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 118, de 18 de mayo, que regula los procesos selectivos de Ingreso en la Policía Nacional, y en consonancia con la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, para poder ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas a los aspirantes a POLICÍA será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española.
  • Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
  • No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Anexo III de esta convocatoria.
  • Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
  • Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

Los interesados en optar a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán reunir y acreditar, el de llevar cinco años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no acreditación de este requisito en el plazo mencionado comportará la adscripción a las plazas de turno libre.

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: aptitud física, conocimientos, reconocimiento médico, entrevista personal y psicotécnica.

Los opositores que superen las anteriores pruebas selectivas se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía (Ávila), donde iniciarán su proceso formativo, integrándose en el plan de carrera de la Policía Nacional.

 Requisitos específicos para el acceso al Cuerpo Nacional de Policía

  • Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.

COMPROBACIÓN DE LOS REQUISITOS DURANTE EL PROCESO.

Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la conclusión de la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión, comunicando a este Centro directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer.

Le recomendamos consulte las bases de la oportuna convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Exclusiones Médicas de la Policía Nacional

Talla

  1. Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.

Obesidad o delgadez

  1. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Exclusiones circunstanciales

  1. Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.
  2. En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual los Servicios de Sanidad del Cuerpo Nacional de Policía certificarán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.

Exclusiones definitivas

  • Ojo y visión.

    • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.
    • Queratomía radial.
    • Desprendimiento de retina.
    • Estrabismo.
    • Hemianopsias.
    • Discromatopsias.
    • Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
  • Oído y Audición.

    • Agudeza auditiva que suponga una perdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

Otras exclusiones médicas en la Policía Nacional

  1. Aparato locomotor:

    Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).

  2. Aparato digestivo:

    Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

  3. Aparato cardiovascular:

    Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.

  4. Aparato respiratorio:

    El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.

  5. Sistema nervioso:

    Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.

  6. Piel y faneras:

    Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

  7. Otros procesos patológicos:

Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico limite o incapacite para el ejercicio de la función policial.

Funciones y Especialidades de la policía nacional

Las funciones encomendadas a la Policía Nacional se distribuyen en diferentes áreas, y estas a su vez cuentan con diversas especialidades.

Las áreas operativas son: Seguridad Ciudadana, Policía Judicial, Policía Científica, Extranjería y Fronteras e Información. Estas áreas de competencia son dirigidas y gestionadas por las Comisarías Generales a nivel Central, y por las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales en la organización periférica policial.

La Policía Nacional cuenta a su vez con numerosas especialidades, como por ejemplo: Grupo Especial de Operaciones, Servicio de Helicópteros, Unidades de Intervención Policial, Guías Caninos, Caballería, Subsuelo, etc. También a su vez cuenta con puestos de especialidad en los que se requiere para la provisión de dichos puestos, a funcionarios de la Policía Nacional que reúnan una serie de condiciones específicas acordes con el desempeño del puesto, entre ellos, experiencia profesional, titulaciones académicas del área de competencia, etc. Estos puestos de especialidad serían aquellos como Policía Científica, Unidad de Investigación de Delitos Tecnológicos, Informática, Profesores dependientes de la División de Formación, etc.

Las personas que prestan servicio en alguna de las múltiples especialidades policiales, son funcionarios de carrera de la Policía Nacional, que han debido superar previamente unas pruebas selectivas, así como la realización y superación del correspondiente curso de capacitación de la especialidad.

Un Inspector/Policía de nuevo ingreso tras haber superado las correspondientes fases de OPOSICIÓN, FORMACIÓN y PRÁCTICAS y adquirir la condición de funcionario de carrera se le asigna un primer destino en alguna de las plantillas con que la Policía Nacional cuenta en todo el territorio nacional, ocupando un puesto que no requiere especialidad. Si quiere acceder a un puesto de Especialidad o Especializado deberá concurrir a las correspondientes pruebas de selección y realización del curso correspondiente, o acreditar los méritos que se requieran para el caso del puesto especializado; en ambos casos la solicitud recaerá sobre plaza vacante convocada al efecto, en la oportuna Orden General de la Policía Nacional.

Pruebas físicas policía nacional 2022

¿ Has pensado en prepararte las Oposiciones Policía Nacional por libre ? Te explicamos como pasar las pruebas físicas de la Policía Nacional para que puedas entrenar tu mismo y sin estar en una academia de oposiciones. Os recomiendo que hagáis Crossfit , si estáis en Sevilla podéis probar por ejemplo Crossfit Rookie’s Box el box más equipado de Sevilla. Si decís que vais de parte de testdeoposiciones.com o freepol os podéis llevar una sorpresa.

Primera prueba (aptitud física). Esta prueba consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos que se describen abajo.

La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, según lo establecido en en las tablas, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante

La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar.

Su ejecución será pública, pero no se permitirá su grabación por medio audiovisual alguno al poder afectar a la seguridad, al derecho a la intimidad personal y a la propia imagen de los intervinientes en la misma.

Para la realización de la prueba, los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el Tribunal calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, quedando eliminados los que den positivo al consumo de dichas sustancias.

Los aspirantes ya pertenecientes a la Policía Nacional que se encuentren en situación de servicio activo antes de que termine el último día del plazo de presentación de solicitudes, estarán exentos de la realización de las pruebas físicas.

Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando condicionado su ingreso en la Escuela Nacional de Policía a la superación de aquéllas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con la de los demás aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en el mismo momento de una inmediata segunda convocatoria

La incorporación a la Escuela Nacional de Policía se realizará con los admitidos en la convocatoria en que supere las pruebas físicas.

En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas.

Pruebas físicas Policía Nacional: Fuerza

Hombres

Segundo ejercicio. Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, total extensión de brazos, se realizarán flexiones rebasando totalmente la barbilla por encima de la barra y extendiendo en su totalidad los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayudarse con movimientos de piernas. Un intento.

Mujeres

Segundo ejercicio. El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición que se describe: desde la posición de suspensión con palmas hacia atrás, brazos flexionados, barbilla por encima de la barra y piernas completamente extendidas y sin tocar el suelo, la opositora deberá mantenerse el mayor tiempo posible. Se da por finalizado el ejercicio en el momento que la barbilla se sitúe por debajo de la barra o se tenga contacto con ella. Un intento.

Pruebas físicas Policía Nacional: Velocidad

Tercer ejercicio (hombres y mujeres). Carrera de 1.000 metros sobre superficie lisa, plana y dura. Un intento

Test general

Título

Exámenes policía nacional

Título

Test por temas

Los temas que no tengan enlaces es que ya los hemos puesto en el curso.

Título

Test  de repaso

Título